Los mediadores de seguros y su regulación

Quien escribe estas líneas, va por la cuarta gran regulación del sector de la mediación de seguros privados. Comenzó allá por los años 80 con la Ley Reguladora de la Producción de Seguros Privados, a la que le siguió la Ley de Mediación de 1992 (la mayor reforma producida), la Ley de Mediación de Seguros y Reaseguros Privados de 2006, hasta llegar a la actual regulación contenida en el Real Decreto-Ley 3/2020, de 4 de febrero, que transpone al derecho Español diversas directivas, entre las que se encuentra la archiconocida IDD (Directiva de Distribución de Seguros). Entre esas grandes Normas han existido otras menores que han modificado las vigentes en su momento.

Pues bien, en febrero como ya se ha enunciado entró en vigor la última regulación, hecha a través de Real Decreto-Ley (para evitar más multas de la U.E.), que sin duda tendrá pronto modificaciones al estar tramitándose como Proyecto de Ley en las Cortes.

Así pues, estamos en plena ebullición de una nueva normativa, que afecta a la Distribución de seguros en general, y a los mediadores de seguros en particular. Y con esa situación, los agentes y corredores de seguros colegiados, que son a los que nos debemos desde nuestra posición, se muestran preocupados por dar cumplimiento a los “nuevos” requisitos exigidos por el ya reiterado Real Decreto-Ley.

Desde el Colegio llevamos dando cumplida información teórica, a través tanto de consultas directas con la Asesoría Jurídica, Circulares de la Junta de Gobierno, video conferencias, como también de forma práctica poniendo a disposición de sus colegiados, formularios y documentos tipos exigidos en la actualidad.

Desde esta tribuna se quiere dar tranquilidad a todos, porque estamos seguros que los colegiados de Córdoba, Huelva y Sevilla, ya sean agentes o corredores de seguros, son escrupulosamente cumplidores con los requisitos exigidos por la Ley en todo momento, por lo que no tendrán mayores problemas a la hora de cumplir con los nuevos que pudieran exigirse.

Tranquilidad y serenidad que han demostrado todos los profesionales de la mediación que se han venido adaptando a todos estos cambios normativos y que lo han hecho con nota alta, demostrando su capacidad, su aptitud y actitud y, por supuesto, su voluntad de estar dentro del marco legal existente en cada momento.

Por todo ello, desde el Colegio, a través de sus distintos servicios y concretamente, desde esta Asesoría Jurídica, se seguirá apoyando a todos los colegiados, resolviendo sus dudas, consultas e incluso, sus preocupaciones…

Si hemos llegado hasta aquí, seguro que seguiremos avanzando aportando conocimientos y servicios a la sociedad. Nunca vino mejor al caso la frase mal atribuida a nuestro Quijote: “Ladran, luego cabalgamos”.

La mediación de seguros es imparable, a pesar de los continuos obstáculos que se encuentra o le ponen en su desarrollo profesional. Así lo demuestra la aceptación de la mayor parte de los tomadores y asegurados. Por eso, el mediador, debe seguir trabajando en el desarrollo de sus negocios, en la digitalización de los mismos, en el avance tecnológico, en la formación y, en definitiva, en la atención a sus clientes. SI consigue esto, no habrá cambio normativo que frene a la mediación, a los agentes y corredores de seguros. Así pues, continuemos